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Para poder acceder a préstamo hipotecario deberá:
Laborar en Dependencia que aporte a Pensiones el 3% de Vivienda.En caso de PH a 15 años tener hasta 60 años de edad.En caso de PH a 10 años tener hasta 65 años de edad.Tener mínimo 3 años de cotizar al IPEJAL.
No se otorga prestamo hipotecario para redención de Hipoteca con FOVISSSTE
Para efectos de práctica del avalúo, el inmueble deberá tener el número oficial endosado. De lo contrario, el valuador no elaborará la estimación y deberán pagarse honorarios por segunda visita.
Condiciones de operación:
El monto del préstamo hipotecario podrá ser hasta de 330 Unidades de Medida y Actualización mensuales.
El monto del préstamo de liquidez a mediano plazo no podrá exceder de 200 Unidades de Medida y Actualización mensuales.
El importe del préstamo no excederá del 95% del avalúo realizado por IPEJAL.
El plazo del préstamo podrá ser a 5, 10 y 15 años.
La tasa de interés para el esquema de 5 años es: de 6%, a 10 años es: de 6.5%, y para el de 15 años: es de 7% anual.
Se pagará una cuota para el fondo de garantía, de acuerdo a la edad y al monto de crédito autorizado.
Su primer pago será la quincena inmediata posterior a la firma del contrato de crédito. En caso contrario deberá hacer la aportación correspondiente en las cajas de la IPEJAL.



